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Convención Constitucional chilena rechazó cambiar el sistema de concesiones mineras

Foto del escritor: Edu GajardoEdu Gajardo


La Convención Constitucional de Chile votó el último informe de la comisión de Medio Ambiente, ad portas de entregar el borrador de una nueva Carta Magna y en relación con la minería, se rechazó por 60 votos favor, 66 en contra y 17 abstenciones, el artículo 27 que establecía lo siguiente:


“Las actividades mineras de exploración, explotación o aprovechamiento, requerirán ser autorizadas por los títulos administrativos que defina la ley. Sus beneficiarios estarán obligados a realizar las actividades respectivas. Los títulos otorgados bajo la vigencia de esta Constitución lo serán de forma temporal y sujetarán las actividades a las que se refieran a condiciones y causales de caducidad y revocación debidamente especificadas. La ley establecerá las condiciones para su renovación. Se otorgarán mediante un procedimiento transparente e informado a la ciudadanía, por un órgano autónomo creado por ley. Sobre ellos no habrá propiedad, pero darán a sus beneficiarios los derechos y obligaciones que establezca la ley y el respectivo título. La Constitución protege los derechos así incorporados en el título, y el derecho del beneficiario a requerir su protección judicial”.


Así también, fueron rechazadas todas las indicaciones al Art. 27 para sustituir y agregar nuevos apartados.

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