Mendoza fijó un cobro para proyectos mineros que operen sobre inmuebles estatales
- Edu Gajardo
- hace 3 horas
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La provincia fijó un nuevo esquema de cobro para minas de primera y segunda categoría en etapa de explotación sobre inmuebles estatales. La medida excluye exploración y prospección.

Mendoza sumó una nueva condición económica para los proyectos mineros que se desarrollen sobre terrenos fiscales. A través de la Resolución Nº 8 de la Dirección de Gestión de Bienes Registrables del Estado (Di.Ge.Bi.R.E.), publicada en el Boletín Oficial, la provincia reglamentó un cobro de uso aplicable a inmuebles de dominio público o privado del Estado provincial afectados a la actividad minera.
La medida alcanza a minas de primera y segunda categoría que se encuentren en etapa de explotación y también incorpora servidumbres mineras de paso y ocupación cuando recaigan sobre tierras estatales.
Según establece la resolución, el cobro será equivalente al 1% del valor fiscal del inmueble y deberá tramitarse una vez obtenida la concesión legal y la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) de explotación, antes del inicio de actividades. El pago tendrá carácter semestral.
El texto oficial asegura que este esquema no constituye regalía, canon minero ni tributo, sino una contraprestación económica por el uso del inmueble estatal.
La norma también delimita expresamente que las etapas de prospección y exploración quedan exentas de este pago, manteniendo gratuidad durante esas fases iniciales del proceso minero.
Además, establece que la falta de pago podrá ser considerada un incumplimiento esencial de la Declaración de Impacto Ambiental, habilitando la aplicación de sanciones dentro del marco del Código de Procedimiento Minero de Mendoza.
El nuevo régimen introduce ahora una discusión sobre su compatibilidad con la legislación minera nacional. El artículo 158 del Código de Minería establece que cuando el terreno correspondiente a una concesión minera pertenece al Estado nacional, provincial o municipal, la cesión de esa superficie será gratuita mientras la mina mantenga vigencia.
La resolución ya se encuentra vigente y será aplicable a todos los derechos mineros que se encuentren alcanzados por este régimen.



















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